Estructura
- 1 Dirección General de COOPERACION POLICIAL INTERNACIONAL
- 2 Departamento INTERPOL
- 3 Departamento TELECOMUNICACIONES INTERNACIONALES - INTERPOL
- 4 Departamento PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL
- 5 División GESTION ADMINISTRATIVA
- 6 División ASUNTOS INTERNACIONALES
- 7 División PREVENCIÓN DELICTIVA INTERNACIONAL
- 8 División INVESTIGACIÓN FEDERAL DE FUGITIVOS Y EXTRADICIONES
INTERPOL - FUNCIÓN
División PREVENCIÓN DELICTICA INTERNACIONAL
Es misión de la División PREVENCION DELECTIVA INTERNACIONAL, entender en la instrucción y prosecución de expedientes que ingresan al Departamento INTERPOL, con la finalidad de cumplimentar los recaudos administrativos y/o judiciales que correspondan, dentro de la especificidad funcional y operativa de las actividades que le competen, incluido el control de ingreso y egreso de personas al territorio nacional,. Por los pasos o estaciones portuarias habilitados para ello con el objetivo de verificar si las mismas poseen solicitudes vigentes restrictivas de la libertad ambulatoria y/o requerimientos judiciales de carácter nacional e internacional. En el primero de los casos, anoticiará de tal circunstancia a la autoridad policial o fuerza de seguridad con jurisdicción en el lugar que se trate; en caso que la captura o interdicción sea de carácter internacional actuará por sí o solicitando la cooperación que se estime conveniente a las autoridades precitadas.
A su vez mantiene un fluido intercambio de información con los restantes países miembros de la Organización, basados en el principio de la cooperación policial internacional, como así también asiste a las autoridades y servicios locales en todo aquel requerimiento que se encuentre circunscripto al plano internacional.
De la División PREVENCIÓN DELICTIVA INTERNACIONAL dependen la Sección AEROPUERTOS y la Sección PUERTOS
Oficina AEROPUERTOS y Oficina PUERTOS
Brindan asistencia en el control del egreso e ingreso de personas al territorio nacional, por las estaciones aéreas o por los pasos o estaciones portuarias habilitadas respectivamente para ello, con el objetivo de verificar si las mismas poseen solicitudes vigentes restrictivas de la libertad ambulatoria y/o requerimientos jidiciales de carácter nacional e internacional. Según la jurisdicción correspondiente, informa de dicha circustancia a la autoridad policial o judicial pertinente.